THE SACRAMENT OF CONFIRMATION (Cann. 879 – 896)

(Code of Canon Law)

Can.  879 The sacrament of confirmation strengthens the baptized and obliges them more firmly to be witnesses of Christ by word and deed and to spread and defend the faith. It imprints a character, enriches by the gift of the Holy Spirit the baptized continuing on the path of Christian initiation, and binds them more perfectly to the Church.

http://www.vatican.va/archive/ENG1104/__P30.HTM

 

THE SACRAMENT OF CONFIRMATION

(Catechism of the Catholic Church)

1285 Baptism, the Eucharist, and the sacrament of Confirmation together constitute the “sacraments of Christian initiation,” whose unity must be safeguarded. It must be explained to the faithful that the reception of the sacrament of Confirmation is necessary for the completion of baptismal grace.88 For “by the sacrament of Confirmation, [the baptized] are more perfectly bound to the Church and are enriched with a special strength of the Holy Spirit. Hence they are, as true witnesses of Christ, more strictly obliged to spread and defend the faith by word and deed.”89

http://www.vatican.va/archive/ENG0015/__P3P.HTM

 

THOSE TO BE CONFIRMED

Can.  889 §1. Every baptized person not yet confirmed and only such a person is capable of receiving confirmation.

§2. To receive confirmation licitly outside the danger of death requires that a person who has the use of reason be suitably instructed, properly disposed, and able to renew the baptismal promises.

Can.  890 The faithful are obliged to receive this sacrament at the proper time. Parents and pastors of souls, especially pastors of parishes, are to take care that the faithful are properly instructed to receive the sacrament and come to it at the appropriate time.

Can.  891 The sacrament of confirmation is to be conferred on the faithful at about the age of discretion unless the conference of bishops has determined another age, or there is danger of death, or in the judgment of the minister a grave cause suggests otherwise.


SPONSORS

Can.  892 Insofar as possible, there is to be a sponsor for the person to be confirmed; the sponsor is to take care that the confirmed person behaves as a true witness of Christ and faithfully fulfills the obligations inherent in this sacrament.

Can.  893 §1. To perform the function of sponsor, a person must fulfill the conditions mentioned in  can. 874.

§2. It is desirable to choose as sponsor the one who undertook the same function in baptism.

 

 

 

DEL SACRAMENTO DE LA CONFIRMACIÓN (Cann. 879 – 896)

(Codigo de Derecho Canonico)

879 El sacramento de la confirmación, que imprime carácter y por el que los bautizados, avanzando por el camino de la iniciación cristiana, quedan enriquecidos con el don del Espíritu Santo y vinculados más perfectamente a la Iglesia, los fortalece y obliga con mayor fuerza a que, de palabra y obra, sean testigos de Cristo y propaguen y defiendan la fe.

 

http://www.vatican.va/archive/ESL0020/__P2Y.HTM

 

 

EL SACRAMENTO DE LA CONFIRMACIÓN

(Catecismo de la Iglesia Catolica)

1285 Con el Bautismo y la Eucaristía, el sacramento de la Confirmación constituye el conjunto de los “sacramentos de la iniciación cristiana”, cuya unidad debe ser salvaguardada. Es preciso, pues, explicar a los fieles que la recepción de este sacramento es necesaria para la plenitud de la gracia bautismal (cf OCf, Praenotanda 1). En efecto, a los bautizados “el sacramento de la confirmación los une más íntimamente a la Iglesia y los los enriquece con una fortaleza especial del Espíritu Santo. De esta forma se comprometen mucho más, como auténticos testigos de Cristo, a extender y defender la fe con sus palabras y sus obras” (LG 11; cf OCf, Praenotanda 2):

http://www.vatican.va/archive/ESL0022/__P3Q.HTM

 

 

DE LOS QUE VAN A SER CONFIRMADOS

889 § 1.    Sólo es capaz de recibir la confirmación todo bautizado aún no confirmado.

§ 2.    Fuera del peligro de muerte, para que alguien reciba lícitamente la confirmación se requiere que, si goza de uso de razón esté convenientemente instruido, bien dispuesto y pueda renovar las promesas del bautismo.

890 Los fieles están obligados a recibir este sacramento en el tiempo oportuno; los padres y los pastores de almas, sobre todo los párrocos, procuren que los fieles sean bien preparados para recibirlo y que lo reciban en el tiempo oportuno.

891 El sacramento de la confirmación se ha de administrar a los fieles en torno a la edad de la discreción, a no ser que la Conferencia Episcopal determine otra edad, o exista peligro de muerte o, a juicio del ministro, una causa grave aconseje otra cosa.

 

Quién puede recibir este sacramento

1306 Todo bautizado, aún no confirmado, puede y debe recibir el sacramento de la Confirmación (cf  CIC can. 889, 1). Puesto que Bautismo, Confirmación y Eucaristía forman una unidad, de ahí se sigue que “los fieles tienen la obligación de recibir este sacramento en tiempo oportuno” ( CIC, can. 890), porque sin la Confirmación y la Eucaristía el sacramento del Bautismo es ciertamente válido y eficaz, pero la iniciación cristiana queda incompleta.

1307 La costumbre latina, desde hace siglos, indica “la edad del uso de razón”, como punto de referencia para recibir la Confirmación. Sin embargo, en peligro de muerte, se debe confirmar a los niños incluso s i no han alcanzado todavía la edad del uso de razón (cf  CIC can. 891;  893,3).

1308 Si a veces se habla de la Confirmación como del “sacramento de la madurez cristiana”, es preciso, sin embargo, no confundir la edad adulta de la fe con la edad adulta del crecimiento natural, ni olvidar que la gracia bautismal es una gracia de elección gratuita e inmerecida que no necesita una “ratificación” para hacerse efectiva. Santo Tomás lo recuerda:

La edad del cuerpo no constituye un prejuicio para el alma. Así, incluso en la infancia, el hombre puede recibir la perfección de la edad espiritual de que habla la Sabiduría (4,8): `la vejez honorable no es la que dan los muchos días, no se mide por el número de los años’. Así numerosos niños, gracias a la fuerza del Espíritu Santo que habían recibido, lucharon valientemente y hasta la sangre por Cristo (s.th. 3, 72,8,ad 2).

1309 La preparación para la Confirmación debe tener como meta conducir al cristiano a una unión más íntima con Cristo, a una familiaridad más viva con el Espíritu Santo, su acción, sus dones y sus llamadas, a fin de poder asumir mejor las responsabilidades apostólicas de la vida cristiana. Por ello, la catequesis de la Confirmación se esforzará por suscitar el sentido de la pertenencia a la Iglesia de Jesucristo, tanto a la Iglesia universal como a la comunidad parroquial. Esta última tiene una resp onsabilidad particular en la preparación de los confirmandos (cf OCf, Praenotanda 3).

1310 Para recibir la Confirmación es preciso hallarse en estado de gracia. Conviene recurrir al sacramento de la Penitencia para ser purificado en atención al don del Espíritu Santo. Hay que prepararse con una oración más intensa para recibir con docilidad y disponibilidad la fuerza y las gracias del Espíritu Santo (cf Hch 1,14).

1311 Para la Confirmación, como para el Bautismo, conviene que los candidatos busquen la ayuda espiritual de un padrino o de una madrina. Conviene que sea el mismo que para el Bautismo a fin de subrayar la unidad entre los dos sacramentos (cf OCf, Praenotanda 5.6;  CIC can. 893, 1.2).

 

DE LOS PADRINOS

892 En la medida de lo posible, tenga el confirmando un padrino, a quien corresponde procurar que se comporte como verdadero testigo de Cristo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al sacramento.

893 § 1.    Para que alguien pueda ser padrino, es necesario que cumpla las condiciones expresadas en el  c. 874.

§ 2.    Es conveniente que se escoja como padrino a quien asumió esa misión en el bautismo.


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